Philips AZ2425/01 Manuale Utente Pagina 15

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Viernes 26 de abril de 2002 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 15
A N E X O “B”
PUNTOS DE MEDICION DE ESPESORES EN LOS CASQUETES
7. Procedimiento para la Evaluación de la Conformidad
7.1 Para efectos de la presente Norma, los siguientes términos se entenderán como a
continuación se describe:
7.1.1 DGGLP
Dirección General de Gas L.P.
7.1.2 Ley
A la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
7.1.3 Evaluación de la conformidad
A la determinación del grado de cumplimiento con esta Norma Oficial Mexicana mediante
verificación.
7.1.4 Verificación
A la comprobación mediante medición que se realiza para evaluar la conformidad con esta Norma
Oficial Mexicana.
7.1.5 Dictamen
Al documento que emite la Unidad de Verificación mediante el cual se determina el grado de
cumplimiento con esta Norma Oficial Mexicana.
7.1.6 Unidad de Verificación
A la persona física o moral acreditada y aprobada conforme lo establece la Ley, que realiza actos
de verificación.
7.2 Procedimiento
Artículo 1. El presente procedimiento es aplicable a la evaluación de la conformidad con esta
Norma Oficial Mexicana mediante la medición de espesores por ultrasonido, para los recipientes tipo
no portátiles para contener Gas L.P.
Artículo 2. La medición y evaluación de espesores mediante el método ultrasónico usando la
técnica pulso-eco, para la verificación de recipientes tipo no portátil para contener Gas L.P., en uso, se
llevará a cabo por Unidades de Verificación acreditadas y aprobadas en esta Norma Oficial Mexicana.
Artículo 3. El interesado debe requerir la evaluación de la conformidad con esta Norma Oficial
Mexicana, en los periodos establecidos en las normas oficiales mexicanas aplicables que establezcan
la valoración de las condiciones de seguridad de los recipientes tipo no portátil y conservar el dictamen
que deberá estar a la disposición de la DGGLP o de otra autoridad competente conforme a sus
atribuciones.
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